Acuerdo de las Naciones Unidas sobre Poblaciones de Peces

La Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA), en su constante preocupación en la implementación regional y nacional de los nuevos desarrollos mundiales expresados en los instrumentos, consensos e iniciativas internacionales en el ámbito de las pesquerías, deberá continuar fortaleciendo sus actividades en marcha y propiciar la implementación de otros desarrollos internacionales, buscando la cooperación, la concertación de posiciones comunes y sinergias con otros organismos regionales pesqueros, la promoción para el fortalecimiento de los organismos regionales existentes en la región y la creación de nuevos organismos regionales de ordenación pesquera en la alta mar adyacente a las aguas de jurisdicción nacional de los países de la región en las áreas y sobre determinadas poblaciones de peces donde no existan mecanismos de cooperación regional.

OLDEPESCA a la respuesta de los resultados de la octava consulta oficiosa de los Estados Partes del Acuerdo realizado en marzo de 2009, deberá evaluar la posición regional planteada en la Conferencia de Revisión y continuar liderando reuniones preparatorias con miras a adoptar la posición regional conjunta para la continuación de la Conferencia de Revisión.

Por otro lado, la evolución de los acontecimientos en el contexto, y en su entorno, del Acuerdo sobre Poblaciones, conviene a los intereses de la región, continuar ejerciendo un atento seguimiento de los desarrollos que se producirán en el período previo a la Novena Ronda de Consultas Oficiosas y la Reasumida Conferencia de Revisión, que tendrá lugar en 2010. Es así que se solicita a la Conferencia, respaldar la realización de la reunión del Grupo de Trabajo de OLDEPESCA, en el que también participan OSPESCA y la CPPS. La Dirección Ejecutiva procurará que se amplíen las participaciones, con otros países en el Grupo de Trabajo, de manera tal de enriquecer los debates y las posiciones a que se arribe.

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, el Acuerdo sobre poblaciones de peces y el Código de Conducta para la Pesca Responsable, establecen que la medidas de conservación y ordenación de los recursos pesqueros deben estar basadas en los datos científicos más fidedignos de que se dispongan y tendrán la finalidad de preservar o restablecer las poblaciones de peces a niveles que puedan producir el máximo rendimiento sostenible.

 

Reuniones

30/08/2010
San Francisco de Campeche, Mexico
02/09/2009
La Paz, Bolivia
05/06/2008
Lima, Perú
18/10/2006
La Antigua Guatemala, Guatemala

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